Gastos comunes; ¿Qué gastos son del dueño y del arrendatario?
Conozca lo que establece la ley para cada uno de los casos

Conozca las situaciones en las que, por ley, le corresponde a cada uno de los involucrados responder económicamente en un contrato de arriendo. ¿Lo primordial? Mantener una relación amistosa.

Cuando alguien decide arrendar su propiedad, se generan vacíos que van de la mano con el desconocimiento legal de alguna de las partes. Para varios, se trata de un acto común: firmar un contrato y pagar mes a mes. Pero en la práctica no es tan simple, pues siempre llegará el día en que presenten dificultades y no haya claridad de quién debe pagar.

El drama típico son los gastos comunes, que en la última década han incrementado su valor en un 40%. 'Siempre generan inquietud, porque son poco claros, no se entienden y no todos entregan un detalle completo. En muchas ocasiones, el arrendatario suele no estar de acuerdo con estos, pero en rigor depende de cómo esté estipulado en el contrato. Por eso, es clave tener una buena comunicación arrendatario-arrendador', indica Miguel Fariña, miembro del Círculo de Corredores de Propiedades, quien además deja otros vitales tips en esta convivencia.

Recuadro

1.- Al arrendador le corresponde pagar todos los gastos que están asociados a los beneficios de la comunidad y propios. Para diferenciar, por beneficios de la comunidad se entiende los de mantención de jardines, sueldos del personal administrativo, mantención de quinchos, gimnasio, piscina, espacios comunes, uso de ascensores, entre otros. En el caso de beneficios propios, se considera el consumo de agua caliente, calefacción del departamento, uso de salas de reuniones, salón de eventos.

2.- Por lo general, los gastos que le corresponde pagar al propietario son aquellos extraordinarios, también conocidos como fondo de reserva. Por aquel ítem se entiende todo aquellos relacionados con bienes durables, reemplazo de artefactos y de mantención, como la pintura del edificio, cambio de ascensores, arreglos estructurales y todo aquello que protege la inversión del dueño.

3.- En el contrato de arriendo se pueden definir los pagos correspondiente para cada actor. Por eso, se recomienda revisar el documento antes de firmar y fijar qué es lo que pagará el arrendador.

4.- El seguro de incendio y los gastos extraordinarios pueden ser pagados en una cuota por el dueño del inmueble. Las inspecciones de gas para obtener el 'sello verde' en los edificios pueden ser bastante costosas, en especial si hay que cambiar los cálefonts y despejar las cañerías. Al ser un gasto de infraestructura, también debiese ser cancelado por el propietario.

5.- Solicite al dueño de la propiedad que exija a la administración recibir información histórica de los gastos comunes, donde pueda conocer el detalle lo recaudado por toda la comunidad. De esta forma, puede comparar y saber si se está subsidiando a un vecino.

 

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